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Material adicional 2
Lilen Serena Sandoval Lahitte, pertenece al equipo del Arq. Alvaro Garcia Resta, Secretario de Desarrollo Urbano en la Dirección de Planeamiento Urbano.
En el marco de nuestra investigación sobre el reciente Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), hemos descubierto que, a pesar de su diseño para proporcionar claridad y previsibilidad en el desarrollo urbano, existen excepciones a la normativa general. De esta forma, nos contactamos con Lilen, perteneciente al equipo de Alvaro Garcia Resta, de la Dirección de Planeamiento Urbano para explorar la finalidad del código y las razones detrás de sus excepciones.
Claridad y Predictibilidad: El Propósito del Código Urbanístico
Según Lilen, el Código Urbanístico fue concebido como una respuesta al antiguo Código de Planeamiento Urbano, conocido por su complejidad y la generación de interpretaciones diversas. Su objetivo principal es proporcionar una norma clara para determinar la capacidad constructiva de las parcelas en la Ciudad de Buenos Aires. Además, su equipo implementó herramientas como la plataforma Ciudad3D para facilitar el acceso a información sobre la normativa aplicable a cada lote.
Excepciones y Convenios Urbanísticos
De acuerdo al equipo de Alvaro, las excepciones al Código Urbanístico suelen estar vinculadas a los Convenios Urbanísticos. Estos acuerdos, celebrados entre las autoridades de la Ciudad y diversas entidades, permiten establecer condiciones urbanísticas especiales o abordar situaciones que la normativa por sí sola no puede resolver. Los Convenios abarcan diversos objetivos, desde adquisiciones fiduciarias de inmuebles hasta desarrollos que conserven el patrimonio artístico, arquitectónico o histórico.
Es crucial destacar que los Convenios Urbanísticos deben pasar por un proceso de aprobación legislativa antes de implementarse, garantizando así una revisión cuidadosa y la consideración de posibles impactos.
Reclamos y Propuestas de Modificación
A pesar de los esfuerzos por mejorar la claridad del Código Urbanístico, existen agrupaciones de ciudadanos descontentas que demandan ajustes en la normativa y han presentado propuestas de modificación. Mayormente estan compuestas por vecinos afectados en su calidad de vida que, según Lilen, la mayoría estan politizados y no cuentan con formación en arquitectura o urbanismo.
El Poder Ejecutivo ha respondido activamente a estos reclamos, comprometiéndose a trabajar en propuestas que serán elevadas a la Legislatura para su consideración.
Caso OM Palermo: Una Excepción Analizada
En la calle Jorge Newbery al 3445, la edificación OM Palermo, desarrollada por Northbaires, se destaca como un caso donde se realizó una excepción al Código Urbanístico. Según Lilen Sandoval, la excepción se basa en un antecedente aprobado hace varios años, considerado como un derecho adquirido sobre la normativa vigente. La Secretaría, aunque no especializada en Interpretación Urbanística, ha revisado este caso específico.
En conclusión, mientras el Código Urbanístico busca aportar claridad y predictibilidad al desarrollo urbano, las excepciones, en su mayoría vinculadas a Convenios Urbanísticos y antecedentes específicos, subrayan la necesidad de un equilibrio entre normativa general y adaptabilidad a situaciones particulares. El diálogo continuo con la comunidad y la revisión cuidadosa de casos excepcionales son esenciales para lograr un desarrollo urbano sostenible y equitativo en la Ciudad de Buenos Aires.